Con carácter general las solicitudes de certificados digitales del Consorcio AOC deben tramitarse a través de EACAT . No se aceptarán solicitudes por otras vías sin justificación .
En los casos excepcionales en que no se envíen a través de EACAT, deben enviarse a través de las siguientes vías:
- A través de un Envío genérico de EACAT dirigido al Consorcio Administración Abierta de Cataluña
- A través de la Sede electrónica del Consorcio AOC (si no se dispone de EACAT), opción "Instancia Genérica".
- Por correo postal firmado manuscritamente (sólo en caso de no disponer ningún certificado digital para firmar)
Consorcio Administración Abierta de Cataluña - Servicios de Certificación Digital (SCD)
Calle Salvador Espriu, 45-51
08908 - L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona)
Certificados personales (personas físicas)
- T-CAT en tarjeta
- T-CAT P (Certificado personal de software)
- T-CAT persona vinculada (más información en: Catálogo de certificados del AOC)
Nota : en caso de indicar el cargo opcional en las solicitudes de certificado personales arriba indicadas (T-CAT y T-CAT P) deberá enviar el BOE, DOGC o documento de nombramiento de este titular del certificado . Consulte más información en la guía de solicitud de certificados personales con cargo .
- T-CAT Representante CPRISQ-1
- T-CAT Seudónimo CPPI-1+CPPSQ
- T-CAT P Seudónimo CPPISA-1
Nota: los formularios de Representante y de Seudónimo únicamente se pueden tramitar a través de la plataforma de EACAT, el envío sólo puede ser ordinario, ya que el urgente sólo aplicará para los casos de renovaciones o en caso de pérdida, robo, etc.
Certificados de aplicación
- Certificado de aplicación CDA-1
- Certificado de Sello electrónico de nivel medio CDA-1 SGNM
Para revocar cualquier certificado digital de los mencionados anteriormente utiliza la Solicitud de revocación de certificados digitales .
Para más información consulta: