Con carácter general las solicitudes de certificados digitales del Consorcio AOC deben tramitarse a través de EACAT . No se aceptarán solicitudes por otras vías sin justificación .

En los casos excepcionales en que no se envíen a través de EACAT, deben enviarse a través de las siguientes vías:

  • A través de un Envío genérico de EACAT dirigido al Consorcio Administración Abierta de Cataluña
  • A través de la Sede electrónica del Consorcio AOC (si no se dispone de EACAT), opción "Instancia Genérica".
  • Por correo postal firmado manuscritamente (sólo en caso de no disponer ningún certificado digital para firmar)

Consorcio Administración Abierta de Cataluña - Servicios de Certificación Digital (SCD)

Calle Salvador Espriu, 45-51
08908 - L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona)

Certificados personales (personas físicas)

Nota : en caso de indicar el cargo opcional en las solicitudes de certificado personales arriba indicadas (T-CAT y T-CAT P) deberá enviar el BOE, DOGC o documento de nombramiento de este titular del certificado . Consulte más información en la guía de solicitud de certificados personales con cargo .

Nota: los formularios de Representante y de Seudónimo únicamente se pueden tramitar a través de la plataforma de EACAT, el envío sólo puede ser ordinario, ya que el urgente sólo aplicará para los casos de renovaciones o en caso de pérdida, robo, etc.

Certificados de aplicación

  • Certificado de aplicación CDA-1
  • Certificado de Sello electrónico de nivel medio CDA-1 SGNM

Para revocar cualquier certificado digital de los mencionados anteriormente utiliza la Solicitud de revocación de certificados digitales .

Para más información consulta: